Se denomina devengado cuando se debe registrar en el
momento en que ocurre el hecho económico que la genera, con
independencia de si fue pagado o cobrado
Por ejemplo, si una empresa contrata un empleado
que trabaja durante un mes, (enero), y le paga el sueldo los primeros días de
febrero, el gasto se debe reconocer como un resultado del mes en que el
trabajo se devenga, es decir enero, sin importar si se pagó o no.
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